Diferencia entre revisiones de «Derecho de petición»
Página creada con «== Definición == Derecho de todo ser humano a dirigir una solicitud, petición o queja a cualquier órgano o persona servidora pública en relación con las materias de su competencia, de manera pacífica y respetuosa, así como a recibir una respuesta fundada y motivada, en breve plazo. == Fundamentación jurídica == === Internacional === * Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 8 y 21.1) * Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Político…» |
|||
| Línea 11: | Línea 11: | ||
* Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafo trigésimo octavo y trigésimo noveno fracciones I-VIII) | * Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafo trigésimo octavo y trigésimo noveno fracciones I-VIII) | ||
== Actos violatorios == | == Actos violatorios == | ||
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda dirigir una solicitud, petición o queja a cualquier órgano o persona servidora pública, en relación con las materias de su competencia, de manera pacífica y respetuosa, así como a recibir una respuesta fundada y motivada, en breve plazo. | Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda dirigir una solicitud, petición o queja a cualquier órgano o persona servidora pública, en relación con las materias de su competencia, de manera pacífica y respetuosa, así como a recibir una respuesta fundada y motivada, en breve plazo. Ejemplos: negativa u obstaculización de la autoridad a recibir las peticiones; dilación u omisión de dar respuesta a las peticiones o solicitudes de las personas; falta de fundamentación, motivación y congruencia de la respuesta; omisión de informar y notificar a la o al solicitante la determinación que se considere procedente, incluyendo la incompetencia de esa autoridad. | ||
Ejemplos: | |||
Revisión actual - 06:58 7 sep 2025
Definición
Derecho de todo ser humano a dirigir una solicitud, petición o queja a cualquier órgano o persona servidora pública en relación con las materias de su competencia, de manera pacífica y respetuosa, así como a recibir una respuesta fundada y motivada, en breve plazo.
Fundamentación jurídica
Internacional
- Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 8 y 21.1)
- Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (artículo 25)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 23)
Nacional
- Constitución Polícia de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 1 y 8)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafo trigésimo octavo y trigésimo noveno fracciones I-VIII)
Actos violatorios
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda dirigir una solicitud, petición o queja a cualquier órgano o persona servidora pública, en relación con las materias de su competencia, de manera pacífica y respetuosa, así como a recibir una respuesta fundada y motivada, en breve plazo. Ejemplos: negativa u obstaculización de la autoridad a recibir las peticiones; dilación u omisión de dar respuesta a las peticiones o solicitudes de las personas; falta de fundamentación, motivación y congruencia de la respuesta; omisión de informar y notificar a la o al solicitante la determinación que se considere procedente, incluyendo la incompetencia de esa autoridad.