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Diferencia entre revisiones de «Derecho al espacio público»

De WIKIDERECHOS
 
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Línea 13: Línea 13:
* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 9)
* Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 9)
* Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículo 6)
* Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículo 6)
* Ley General para la Inclusión de las personas con discapacidad
* Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
* Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
* Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
* Ley General de Cultura y Derechos Culturales
* Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Línea 22: Línea 22:
* Ley Orgánica Municipal del Estado de México
* Ley Orgánica Municipal del Estado de México
* Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
* Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
* Ley para la atención, inclusión y desarrollo integral de las personas con discapacidad del Estado de México
* Ley para la Atención, Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de México
* Programas de Desarrollo Urbano Estatal y municipales  
* Programas de Desarrollo Urbano Estatal y municipales


== Actos violatorios ==
== Actos violatorios ==
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda usar, gozar, disfrutar y aprovechar los espacios públicos, que son bienes comunes, para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades que se encuentran reconocidas en la Ley de conformidad con las restricciones que la misma establece.
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda usar, gozar, disfrutar y aprovechar los espacios públicos, que son bienes comunes, para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades que se encuentran reconocidas en la Ley de conformidad con las restricciones que la misma establece.

Revisión actual - 07:12 7 sep 2025

Definición

Derecho que tienen las personas al uso, goce, disfrute y aprovechamiento de todos los espacios públicos, que son bienes comunes, para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades que se encuentran reconocidas en la ley de conformidad con las restricciones que la misma establece.

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículos 13 y 20)
  • Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 21)
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 15)
  • Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (artículos 9 y 30)

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 9)
  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículo 6)
  • Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
  • Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
  • Ley General de Cultura y Derechos Culturales

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 139)
  • Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de México
  • Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
  • Ley para la Atención, Inclusión y Desarrollo Integral de las Personas con Discapacidad del Estado de México
  • Programas de Desarrollo Urbano Estatal y municipales

Actos violatorios

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado orientada a impedir que cualquier persona pueda usar, gozar, disfrutar y aprovechar los espacios públicos, que son bienes comunes, para la convivencia pacífica y el ejercicio de las libertades que se encuentran reconocidas en la Ley de conformidad con las restricciones que la misma establece.