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Derecho a un medio ambiente sano

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Definición

Derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente que no sea nocivo para su salud, bienestar ni dignidad. Este derecho comprende la salvaguarda contra la contaminación, el acceso a información ambiental, la participación en la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano (principio 1)
  • Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (principio 1)
  • Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador) (artículo 11)
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 12.1 . b)
  • Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 2, apartado A, Fracción XII, 3, párrafo doceavo, y 4, párrafo sexto)
  • Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al ambiente
  • Ley de Desarrollo Forestal Sustentable
  • Ley General para la prevención y gestión integral de residuos
  • Ley General del Cambio Climático
  • Ley General de Aguas Nacionales
  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículos 4, fracción IX, y 6, fracción VII)

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 18, párrafo quinto)
  • Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de México
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de México

Actos violatorios

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado para garantizar un medio ambiente que no sea nocivo para la salud, bienestar y dignidad de la comunidad. De igual forma, se vulnera este derecho por la negativa al acceso a información ambiental, la participación en la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos de la misma naturaleza.