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Derecho a preservar, custodiar y conservar las actuaciones ministeriales

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Definición

Derecho de toda persona a que en las instancias de procuración de justicia se resguarden actuaciones, documentos y constancias que integran la investigación a su cargo, y que se evite alterar o destruir los objetos o productos del delito.

Fundamentación jurídica

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 14)
  • Código Nacional de Procedimientos Penales (artículo 131, 132 fracción VIII, 222, 230 y 300)

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5)
  • Ley de Seguridad del Estado de México y Municipios (artículos 2, 16, fracción XXXII, 100 inciso b, fracción IV)
  • Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México (artículos 17 y 62, fracción VI)

Actos violatorios

Acción, omisión o negligencia en la cadena de custodia, el resguardo de las pruebas o la preservación de estas y el resguardo del lugar de los hechos o del hallazgo.