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Derecho a una vivienda digna, segura, decorosa y con acceso a servicios e infraestructura vitales

De WIKIDERECHOS

Definición

Derecho de todo ser humano a disponer de una vivienda que cuente con la infraestructura y los servicios necesarios para garantizar salud, seguridad, paz y dignidad, así como fomentar su desarrollo personal y familiar.

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25.1)
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo 11)
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José" (artículo 26)
  • Declaración sobre el derecho al desarrollo (artículo 8)
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículo 11.1)
  • Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos (B-31) "Protocolo de Buenos Aires" (artículo 31, inciso k)

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 2 y 4, párrafo séptimo)
  • Ley de Vivienda (artículos 5, 74 y 76)

Local

  • Ley de Vivienda del Estado de México (artículos 1, 4, 10, fracción XV y XXII, y 16, fracción II)
  • Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Instituto Mexiquense de la Vivienda Social (artículo 3, fracción VI)

Actos violatorios

Toda acción, omisión o licencia por parte del Estado con el fin de asegurarse de que cualquier persona pueda disponer de una vivienda que cuente con la infraestructura y los servicios necesarios para garantizar su salud, seguridad, paz y dignidad, así como fomentar su desarrollo personal y familiar. Ejemplos: omisión de asegurar el derecho a una vivienda habitable; no garantizar la construcción de viviendas en zonas seguras; omisión de asegurar el derecho a una vivienda asequible; no proteger el derecho a una vivienda asequible frente a otros particulares; omisión de garantizar que la vivienda cuente con acceso permanente a energía, agua potable, saneamiento, alumbrado, drenaje, servicios de emergencia y protección civil, instalaciones sanitarias y de aseo, almacenamiento de alimentos y eliminación de desechos; no respetar el derecho a la seguridad jurídica de la tenencia de la vivienda; omisión de asegurar el derecho a la seguridad jurídica de la tenencia de la vivienda protegida contra el desalojo arbitrario o ilegal; no garantizar que la vivienda se ubique en un lugar que permita el acceso a opciones de empleo, servicios de salud, escuelas y centros sociales; omisión de asegurar la construcción de viviendas en zonas físicamente accesibles; omisión de respetar el derecho a una vivienda adecuada culturalmente; no garantizar el derecho a una vivienda adecuada culturalmente; no garantizar que las personas adultas mayores vivan en entornos seguros, saludables, accesibles y adaptables a sus preferencias y necesidades.