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Diferencia entre revisiones de «Derecho a la movilidad (transporte)»

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* Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (artículo 1)
* Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (artículo 1)
* Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículos 3 y 4)
* Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículos 3 y 4)
* Ley General para la inclusión de Personas con Discapacidad
* Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad


=== Local ===
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== Actos violatorios ==
== Actos violatorios ==
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado que impida u obstaculice a cualquier persona de manera libre, segura, eficiente, accesible, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad dentro del territorio.
Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado que impida u obstaculice a cualquier persona transitar de manera libre, segura, eficiente, accesible, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad dentro del territorio.

Revisión actual - 07:15 7 sep 2025

Definición

Derecho que tiene toda persona para trasladarse de manera libre, segura, eficiente, accesible, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad dentro del territorio.

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 13.1)
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 12.1)
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 22.1)
  • Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (artículos 9 y 20)

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 11 y 115)
  • Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (artículo 1)
  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (artículos 3 y 4)
  • Ley General para la Inclusión de Personas con Discapacidad

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, fracción IX, párrafo séptimo)
  • Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de México y sus Municipios (artículo 1)
  • Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México
  • Ley Orgánica Municipal del Estado de México
  • Programas de Desarrollo Urbano Estatal y Municipales

Actos violatorios

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado que impida u obstaculice a cualquier persona transitar de manera libre, segura, eficiente, accesible, sostenible, con calidad, inclusión e igualdad dentro del territorio.