Derecho a la confidencialidad respecto de sus enfermedades y padecimientos
Apariencia
Definición
Derecho de todo ser humano a que su estado de salud y la información expresada al personal de salud se manejen con discreción, confidencialidad y no sean divulgados sin su previa autorización.
Fundamentación jurídica
Internacional
- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25.1)
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo XI)
- Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial sobre los Derechos del Paciente (principios 7, inciso a, y 8)
- Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 12.1 y 12.2)
- Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador" (artículo 10.1)
- Código Internacional de Ética Médica (deberes de los médicos en general, párrafos quinto y decimosegundo)
Nacional
- Ley General de Salud (artículo 77 bis 37, fracción XIII)
- Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica (artículo 133)
- NOM-010-SSA2-2010, para la prevención y control por virus de la inmunodeficiencia humana (puntos 6.11, 6.11.2 y 6.11.4)
- Derechos Generales de los pacientes( artículo 6)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, fracción IX, párrafos cuarto y quinto)
- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y municipios
- Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México (artículo 7, fracción IV)
Actos violatorios
Acción u omisión que incide en garantizar la confidencialidad del diagnóstico, del tratamiento, del vínculo personal médico-paciente o de la rehabilitación de la o del paciente.