Derecho a la debida diligencia
Apariencia
Definición
Derecho de toda persona a que se le garantice la máxima eficiencia y celeridad procedimental, para el aseguramiento de sus intereses y pretensiones.
Fundamentación jurídica
Internacional
- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 6, 8 y 28)
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículos I y XVIII)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José" (artículos 1.1, 3 y 5)
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 9.1 y 10.1)
- Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas (principio I)
- Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (artículos 1, 2, 6 y 8)
Nacional
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 17, párrafo segundo)
- Ley General de Víctimas (artículos 2, fracción I; 5, párrafo octavo; 10; 21; y 120, fracción II)
- Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (artículos 129, fracciones X y XXI, y 135)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafos segundo y cuarto)
- Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (artículo 10, fracción XI)
- Ley de Víctimas del Estado de México (artículos 6, fracción IV, y 16, fracción X)
Actos violatorios
Acción u omisión de realizar una investigación efectiva por posibles violaciones graves a derechos humanos, desaparición forzada, tortura, ejecución extrajudicial o feminicidio.