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Derecho a la debida integración del expediente clínico

De WIKIDERECHOS

Definición

Derecho de todo ser humano a contar con un expediente clínico que contenga información veraz, clara, precisa, legible y completa.

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25.1)
  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo XI)
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 12.1 y 12.2)
  • Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador" (artículo 10.1)

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 4, párrafo cuarto)
  • Ley General de Salud (artículos 77 bis 9, fracción V, y 77 bis 37, fracción VII)
  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica (artículos 32, 81, párrafo segundo, y 134)
  • Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Protección Social en Salud (artículo 67)
  • NOM-046-SSA2-2005, violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención (puntos 4.4, 4.9, 4.23 y 6.2.1.4)
  • NOM-025-SSA2-2014, para la prestación de servicios de salud en unidades de atención hospitalaria médico-psiquiátrica (puntos 9.12 y 9.13)
  • NOM-031-SSA3-2012, asistencia social, prestación de servicios de asistencia social a adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad (punto 5.7.3.1)
  • NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico
  • NOM-027-SSA3-2013, regulación de los servicios de salud. Que establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencia de los establecimientos para la atención médica (puntos 6.2.2 y 6.2.4)

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, fracción IX, párrafos tercero y cuarto)
  • Ley de Voluntad Anticipada del Estado de México (artículo 9, fracción VI)
  • Ley de las personas Adultas Mayores del Estado de México (artículo 52, fracción IV)

Actos violatorios

Acción u omisión que incide en la restricción o negativa de elaborar o emitir documentos o registros médicos con motivo de la atención médica brindada.