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Derecho a la igualdad de género

De WIKIDERECHOS

Definición

Derecho de todo ser humano de acceder, con justicia e imparcialidad, al uso, control y beneficio de los bienes y servicios de la sociedad, con la finalidad de lograr la participación equitativa entre hombres y mujeres en la toma de decisiones, en todos los ámbitos de la vida: social, económico, político y cultural

Fundamentación jurídica

Internacional

  • Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 1, 2, 7 y 10)
  • Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social (artículos 2, inciso a, y 6)
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 2 y 14)
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (artículos 3, y 7, inciso c)
  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (artículos 1, 3, 11 y 15)
  • Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Belém do Pará" (artículos 3, 6, 7, y 8, inciso c)

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 4, párrafo primero)
  • Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (artículos 4, fracción I; y 45, fracción I)
  • Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafo décimo sexto)
  • Ley de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Mujeres y Hombres del Estado de México

Actos violatorios

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado que coarte o impida a cualquier ser humano la posibilidad de acceder con justicia e imparcialidad al uso, al control y al beneficio de los bienes y servicios de la sociedad, con la finalidad de que participe de manera equitativa en la toma de decisiones, en todos los ámbitos de la vida: social, económico, político y cultural. Ejemplo: omisión de garantizar el derecho a la igualdad de género.