Derecho a la inviolabilidad del secreto profesional
Apariencia
Definición
Derecho de las personas profesionistas (médicas, abogadas, instituciones financieras, contadoras, entre otras) a no ser obligadas a proporcionar información recabada en el ejercicio de sus actividades profesionales.
Fundamentación jurídica
Internacional
- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 12)
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículo IX)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José” (artículos 11.2 y 11.3)
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 17)
- Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley
Nacional
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 16, párrafos primero, decimoprimero y decimosexto)
- Código Penal Federal (artículo 285)
- Código Nacional de Procedimientos Penales (artículos 252, fracción II, y 282)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafos segundo y cuarto)
- Código Penal del Estado de México (artículo 268)
Actos violatorios
Acción u omisión que incide en garantizar el derecho a la inviolabilidad del secreto profesional.