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Derecho a la libertad de asociación

De WIKIDERECHOS

Definición

Derecho de toda persona a integrarse o reunirse de manera lícita y pacífica, con el objetivo de conformar entidades permanentes y con personalidad jurídica.

Fundamentación jurídica

Nacional

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículo 9)

Local

  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafo trigésimo segundo)

Actos violatorios

Toda acción, omisión o aquiescencia por parte del Estado para impedir que las personas se integren o reúnan de manera lícita, pacífica, con el objetivo de conformar entidades permanentes con personalidad jurídica. Ejemplo: obstáculo, negativa o restricción ilegal o arbitraria de la libertad de asociación; no garantizar el derecho a la libertad de asociación.