Derecho a la protección de la integridad
Apariencia
Definición
Derecho de toda persona privada de libertad a que se le garanticen las medidas necesarias para asegurar su integridad física y psicológica, en especial en los espacios de segregación o destinados al cumplimiento de las sanciones disciplinarias.
Fundamentación jurídica
Internacional
- Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos 3 y 5)
- Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (artículos I, XXV y XXVI)
- Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículos 7,9 y 10)
- Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José” (artículos 5.1 y 5.2)
- Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura
- Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas (principio I)
- Protocolo de Estambul. Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Nacional
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (artículos 1 y 16)
- Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura
- Código Nacional de Procedimientos Penales (artículo 109, fracción VI)
Local
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (artículo 5, párrafos segundo y cuarto)
- Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el Estado de México
- Ley de Seguridad del Estado de México (artículo 100, apartado B, fracción I, inciso f)
Actos violatorios
Acción u omisión que incide en el actuar del personal técnico de los centros reclusorios, así como en el cumplimiento de su deber reforzado de cuidado respecto de la vida de las personas privadas de la libertad bajo custodia del Estado.